El Pleno del Senado aprobó los cambios en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial y de esta forma se avaló implementar el alcoholímetro en todo el país
El Pleno del Senado aprobó los cambios en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial y de esta forma se avaló implementar el alcoholímetro en todo el país.
Se turna al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
“Con 90 votos a favor y 8 en contra, se aprueba en lo particular y los artículos reservados del dictamen que crea la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial”, dijo el Senado en su cuenta de Twitter.
Con esta ley se prevé el uso obligatorio del cinturón de seguridad, el casco para motociclistas, operativos permanentes de alcoholímetro en todo el país y prohíbe el uso del teléfono móvil.
Estas medidas implementarán en todo el país, autoridades estatales y municipales
La prohibición de hablar por teléfono celular o cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación, así como leer o enviar mensajes de texto por medio de cualquier tipo de dispositivo electrónico, salvo que se realice mediante tecnología de manos libres.
El uso obligatorio del cinturón de seguridad
La implementación de alcoholímetros.
El uso obligatorio de cascos que cumplan con las normas oficiales para quienes se transporten en motocicletas.
El establecimiento de límites de velocidad en autopistas, carreteras y todos los caminos del territorio nacional… Por ejemplo, no se deberán rebasar los siguientes 30 km por hora en calles secundarias y calles terciarias; 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado; 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado; 80 km/en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 km/h dentro de zonas urbanas; 110 km/h para automóviles y 95 km/h para autobuses, así como 80 km/h para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
Se establece la obligatoriedad de que cualquier persona menor de 12 años o que por su condición física lo requiera, viaje en los asientos traseros con un sistema de retención infantil o en un asiento de seguridad que cumpla con los requisitos establecidos en la norma oficial mexicana.
Para vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol, habrá controles con un método aprobado por la Secretaría de Salud federal
Se supervisarán pesos y dimensiones de todos los vehículos motorizados en todas sus modalidades para que cumplan con las normas oficiales mexicanas.
“9 de cada 10 hechos viales con siniestro, con pérdidas de vida, son debido a las velocidades y al alcohol, en esta ley regulamos eso, eso sí, son medidas mínimas en todo el país para evitar este tipo de muertos”, dijo Patricia Mercado, (MC) presidenta de la Comisión de Movilidad.
“Es preocupante saber que los siniestros de tránsito le cuestan al país alrededor del 1.7 % del Producto Interno Bruto, lo que es equivalente a 150 mil millones de pesos por pérdida de productividad, daños materiales, así como atención médica y hospitalaria… De acuerdo con el secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, cada 24 horas mueren en el país 32 personas en accidentes de tránsito, mientras que 80 resultan heridas por la misma causa”, mencionó Eli Cervantes, senador de Morena.
Esta ley contempla garantizar el derecho de la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sustentabilidad, calidad, inclusión e igualdad.
Se pretende disminuir los factores de riesgo y la incidencia de lesiones graves a través de la generación de sistemas de movilidad seguros.
Las autoridades competentes establecerán los requisitos para que las personas prestadoras del servicio de transporte público garanticen un servicio seguro y de calidad.
La nueva ley fue enviada al presidente López Obrador para su publicación en el diario oficial. Información Noticieros Televisa