Mérida, Yucatán, a 19 de noviembre de 2019.- A fin de liberar de trabas o de malos entendidos la iniciativa para reformar la Ley de Salud en materia de “objeción de conciencia”, presentada por el Grupo Parlamentario del PAN, el presidente de la Comisión de Salud y Seguridad Social, Dip. Manuel Díaz Suárez, presentó una propuesta para precisar sus alcances y limitaciones.
El dictamen sobre este asunto ya había sido aprobado por la Comisión, en un bloque de iniciativas de reformas a la Ley de Salud, pero en la sesión del Pleno se decidió regresarlo a la Comisión y dictaminar por separado cada iniciativa.
Para esclarecer el sentido y los alcances de la iniciativa, el presidente de la Comisión e integrante del Grupo Parlamentario del PAN presentó la siguiente propuesta de modificación:
“Artículo 7-D Bis. – El personal médico y de enfermería que forme parte de los servicios públicos de salud estatal podrá, en ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, excusarse de participar en la prestación de servicios de salud establecidos en la ley. Dicha objeción debe ejercerse de manera previa a la atención primaria, y sólo puede objetarse en función del procedimiento médico y jamás a la identidad o características físicas o de otra índole del paciente.
“No se podrá ejercer la objeción de conciencia cuando esté en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, pues, en caso contrario, se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional. La institución médica del personal médico y de enfermería objetor, deberá proveer otro médico o persona de enfermería no objetor para garantizar el acceso a la salud del paciente, atendiendo de igual manera a la licitud del procedimiento médico.
“El ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral o de inobservancia al principio de no represalia, se apegará a los lineamientos y protocolos emitidos por la Secretaría”.
Sobre el tema, la Dip. Rosa Adriana Díaz Lizama, coordinadora del Grupo Parlamentario del PAN y vocal de la Comisión, consideró acertada la decisión de separar las iniciativas porque fueron presentadas en contextos diferentes.
—Sobre la objeción de conciencia, es en estricto apego a la ley, ya que está considerada en la legislación federal y obliga a los estados a legislar al respecto —explicó—… Es una falta de respeto para el grupo parlamentario que presentó (la iniciativa), sobre todo que es sólo para homologar la ley estatal a la federal.
El Dip. Marcos Rodríguez Ruz, del PRI, señaló que Ley General de Salud (con el tema de objeción de conciencia) se publicó el 11 de mayo de 2018 y daba 180 días a los estados para aplicarla, plazo ya fue rebasado, por lo el Congreso está en desacato.
Durante la sesión, también continuó el estudio de las siguientes iniciativas:
—Ley de Protección a la Maternidad y la Infancia Temprana del Estado de Yucatán y por el que se reforma la Ley para la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Yucatán, suscrita por la Dip. Rosa Adriana Díaz Lizama.
—Modificación a la Ley de Salud en Materia de Planificación Familiar.
—Ley de Planificación Familiar para que se promueva entre los jóvenes y adolescentes la prevención del embarazo entre adolescentes. El proponente, Dip. Warner May Escobar, dio a conocer que debido a un embarazo no deseado se suicidó una persona.
—Ley de Edificios y Espacios Cardioprotegidos, presentada por el Dip. Dïaz Suárez.
—Prevención y Atención Integral de las Adicciones que abogaría la actual, presentada por el Dip. Díaz Suárez.