La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) nunca solicitó a las autoridades de Yucatán salvaguardar la integridad de la fallecida Emma Gabriela Canto Molina, ni tampoco asignarle algún tipo de custodia por parte del Estado, según se desprende del contenido de la recomendación expedida por la propia instancia en 2014.
La recomendación número 54 de la CNDH emitida en 2014, fue uno de los recursos que obtuvo Canto Molina durante su proceso de separación y juicio de divorcio, sin embargo dicha medida no incluía a autoridades del estado de Yucatán.
Con base en el contenido de ese documento, sólo se señala a la Procuraduría General de la República (PGR), al entonces Gobernador de Tabasco, Andrés Granier Melo y al jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera, sin mencionar en ninguno de sus apartados al Poder Ejecutivo de Yucatán.
La recomendación establecía directamente que las autoridades tabasqueñas y de la capital del país, así como de la dependencia federal, se encontraban obligadas a brindar atención médica y sicológica a Ema Gabriela y los involucrados en el caso, además de proteger la identidad de las personas involucradas en los hechos
Cabe recordar que, un día después del homicidio de Ema Gabriela, su madre, Ligia Canto, aseguró en rueda de prensa, que en diversas ocasiones habían recurrido a autoridades del Estado para pedir seguridad con base en la citada recomendación, sin embargo, el fiscal General del Estado, Ariel Aldecua Kuk, desmintió esta afirmación, ya que precisó que no hubo petición formal en ningún momento, para que la hoy occisa recibiera algún tipo de custodia.