No todas las personas que sean despedidas pueden recibir una liquidación
Dejar un empleo no es sencillo, al hacerlo, el trabajador debe tener claro si a su partida tiene derecho a una liquidación y, en caso de ser así, a cuánto corresponde. Por lo que a continuación te decimos en qué casos aplica y cómo calcularla.
Al dejar un trabajo hay dos conceptos que las personas han llegado a escuchar: finiquito y liquidación, que no son lo mismo. En el primer caso, este se otorga cuando la relación laboral concluye de mutuo acuerdo.
La liquidación, por su parte, es una indemnización que le corresponde al trabajador cuando su salida sea por decisión del patrón. Sin embargo, para poder acceder a ella, se debe tener en consideración que el motivo del despido no sea por una falta imputable al empleado.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 47, algunas de las causas de despido que no responsabilizan al patrón (por lo que no se recibiría liquidación) se encuentran faltar tres días en un mes sin justificación o entregar documentación falsa para acreditar habilidades, entre otras más.
Si la relación laboral llega a su fin y no se debe a ninguna de las razones citadas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, entonces el trabajador podrá recibir su liquidación y el monto que corresponderá a:
- Tres meses de salario por concepto de indemnización
- 20 días de sueldo por cada año de servicios prestados
- Pago de una prima de antigüedad que consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicio prestado
- Pago proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional
- Prestaciones generadas por el trabajador que no se hayan pagado al momento de su despido
Es preciso señalar que quien necesite reclamar una liquidación o tenga dudas sobre si debe recibirla deberá ir con un experto legal que lo asesore puntualmente sobre el tema. Información Noticieros Televisa