Es común sentir frustración al llegar a casa y encontrar un vehículo ajeno estacionado frente a tu domicilio. Sin embargo, es importante saber qué derechos tienes sobre este espacio y qué dice la ley mexicana al respecto.
La percepción de que el espacio de la calle o banqueta frente a tu vivienda pertenece al propietario es incorrecta. Según la Norma Oficial Mexicana sobre espacio público emitida por la SEDATU, tanto la calle como la banqueta son considerados espacio público, lo que implica que nadie puede apropiarse de ellos.
¿Puedes apartar el lugar frente a tu casa?
El Reglamento de Tránsito, en su artículo 29, establece que:
Obstruir una entrada o salida de cochera es una infracción, sancionada con multas que oscilan entre 10 y 20 UMAs (aproximadamente $1,013 a $2,026 pesos) y la penalización de un punto en la licencia de conducir.
Apartar lugares en la vía pública con objetos como cubetas, conos, cajas u otros elementos también constituye una falta administrativa.
Las calles y banquetas son bienes de uso común, por lo que no se pueden reservar para uso exclusivo.
Excepciones a la regla
Existen casos en los que las autoridades pueden otorgar permisos para el uso exclusivo de ciertos espacios:
Personas con discapacidad, quienes pueden contar con un cajón oficial asignado.
Zonas de carga y descarga, aprobadas para actividades comerciales.
Espacios reservados para servicios de emergencia, como ambulancias o bomberos.
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Recomendaciones
Si enfrentas problemas con vehículos estacionados frente a tu cochera, lo mejor es:
Reportar la obstrucción a las autoridades de tránsito, quienes podrán intervenir y aplicar las sanciones correspondientes.
Evitar el uso de objetos para apartar espacios, ya que esto puede ocasionar multas. Información Excelsior.com.mx
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