viernes , noviembre 29 2024
Home / Opinión / El hasta aquí de la Corte

El hasta aquí de la Corte

Por Pascal Beltrán del Rio

En dos años, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ordenado la destitución y consignación de un presidente municipal y de un jefe delegacional en funciones, así como la consignación de un exalcalde y un exdelegado.

En los tres casos, la razón ha sido el desacato a una sentencia de amparo.

No parece haber casualidad ahí. No me atrevería a especular sobre las razones que ha tenido el máximo tribunal del país para adoptar un papel tan protagónico, que irrumpe en la esfera política, pero tres casos en dos años es mucha coincidencia.

Y podría venir un cuarto en los próximos días, pues existe un proyecto de sentencia, que al parecer será votado mañana jueves, que atañe al jefe delegacional en Gustavo A. Madero.

Otra coincidencia es que los cuatro casos –tres resueltos, uno por resolver– giran en torno de autoridades surgidas del PRD.

Pero vayamos a los hechos.

En junio pasado, cuando la SCJN ordenó consignar ante un juez de distrito al exalcalde de Nacajuca, Tabasco, Pedro Landero López –así como a quienes integraron el cabildo de ese municipio durante el mismo trienio–, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena criticó durante la sesión la “rebeldía” de los funcionarios de dicha demarcación por no cumplir en su momento con lo que se había ordenado desde un juzgado federal.

De acuerdo con la nota del reportero Juan Pablo Reyes, de Excélsior, el ayuntamiento había incumplido una sentencia de amparo, en un caso en el que se adeudaban varios millones de pesos a un grupo de trabajadores del municipio que habían sido despedidos.

“Antes de haber llegado a la Corte, todos los requerimientos del juez, del colegiado, del Tribunal de Conciliación fueron como llamados a misa”, denunció el ministro Gutiérrez Ortiz Mena en la sesión. “Eso, desde mi punto de vista, es contumacia; es rebeldía en cuanto al cumplimiento de la sentencia”, agregó.

Era la primera vez en la historia que la Suprema Corte –con base en la reforma de la Ley de Amparo—actuaba contra autoridades de forma retroactiva.

“Este tribunal (ahora) puede revisar la actuación no sólo de las autoridades actuales sino de quienes en su momento tuvieron la responsabilidad de acatar una sentencia del Poder Judicial y no lo hicieron”, explicó el también ministro Alberto Pérez Dayán.

Menos de dos años antes, en agosto de 2015, la Suprema Corte había ordenado la destitución y consignación del alcalde de Emiliano Zapata, Morelos, Carlos Eduardo Martínez Varela, al igual que de la tesorera de ese municipio, Liliana García Ortega, por no acatar una sentencia de amparo.

La autoridad se había negado devolver a una mujer una cantidad que no sobrepasaba los 15 mil pesos por concepto de impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles. La quejosa obtuvo el amparo un año antes, en agosto de 2014.

El tercer caso ocurrió ayer martes. La Corte ordenó la destitución y consignación ante un juez del delegado en Venustiano Carranza, Israel Moreno Rivera, y la consignación de su antecesor, el actual diputado local Juan Manuel Ballesteros López, debido a que incurrieron en desacato al no cumplir con una sentencia de amparo.

De acuerdo con el proyecto del ministro Fernando Franco, que fue aprobado por unanimidad, el pleno del máximo tribunal destacó que la autoridad delegacional desacató la sentencia de amparo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje a favor de cuatro personas, a quienes se había negado el nombramiento de verificadores o inspectores.

De esta manera, la Corte parece no querer permitir que las sentencias del Poder Judicial se conviertan en “llamadas a misa” –por usar las palabras del ministro Gutiérrez Ortiz Mena–, es decir, que las autoridades tengan la posibilidad de cumplirlas o no, según su voluntad.

Por un lado, es sano que las personas que sientan atropellado un derecho puedan acudir al Poder Judicial para buscar la reparación del daño y sepan que su denuncia no se quedará en un cajón.

En este espacio he argumentado muchas veces que México necesita avanzar hacia la plena vigencia del Estado de derecho y que, para ello, debe dejarse claro que es con recursos ante los tribunales y no con plantones en las calles como los mexicanos deben defender sus derechos.

Por otro lado, creo que la Corte debe mostrar que cuando se ocupa de este tipo de casos y procede contra autoridades por desacato, lo hace sin excepciones y sin fijarse en la filiación política de los infractores.

Información Excelsior.com.mx

Compartir en:

Check Also

Las Fuerzas Armadas que necesitamos

Por Pascal Beltrán del Río Cuestionado por una reportera en su conferencia matutina del viernes, …

Deja un comentario