Mérida, Yucatán a 13 de junio de 2024.- Tras los alegatos de clausura, se dictó un fallo condenatorio en contra del ciudadano M.F.M. y se le declaró penalmente responsable del delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, al comprobar que no depositaba la suma correcta de la pensión alimenticia de sus dos hijos menores de edad, por lo que fue denunciado por su ex pareja y se llevó a cabo el presente juicio oral.
La Fiscalía General del Estado (FGE) aportó las pruebas periciales, documentales y testimoniales pertinentes, las cuales fueron suficientes para que el Tribunal Primero de Enjuiciamiento dictara el citado fallo al comprobarse el incumplimiento en el que había incurrido el acusado en agravio de sus descendientes.
Cabe recordar que durante la etapa inicial del proceso, éste se desahogó ante la Juez Segunda de Control, donde los fiscales de litigación establecieron los hechos reunidos en la causa penal 43/2023, donde se explica que la denunciante y el imputado sostuvieron una relación sentimental, de la cual procrearon dos hijos, pero en 2016 la querellante promovió diligencias con un Juez de lo Familiar, para obtener una pensión a favor de sus hijos, por lo que durante ese proceso, se sentenció al acusado al pago del 50% de su sueldo en favor de sus descendientes, pero desde enero de 2019 depositaba una cantidad incompleta sin causa justificada, por lo que el asunto derivó en el presente proceso penal.
Por último, una vez dictado el fallo condenatorio, se citó a las partes para el próximo 18 de junio celebrar la audiencia de individualización de las penas, donde se establecerá el castigo al imputado por el incumplimiento de sus deberes familiares para con sus hijos.