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Ganó el volado y su hija fue la primera bebé en llevar el apellido materno primero

En la actualidad, 21 estados de la República Mexicana permiten que los progenitores decidan el orden de los apellidos con los que registran a su hijas o hijos.

Gracias a la constante lucha de la sociedad en busca de la paridad de género, actualmente las parejas que deciden tener hijos gozan prácticamente de los mismos derechos sin importar si son hombres o mujeres, como el caso de los permisos de paternidad por el nacimiento de una hija o hijo, y la posibilidad de registrar a un recién nacido con el apellido materno como primer apellido.

En la actualidad, 21 de los 32 estados que integran la República Mexicana permiten que los progenitores decidan el orden de los apellidos con los que registran a su hijas o hijos, esto a raíz de una sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2016, en la que declaró inconstitucional la norma del Código Civil de la Ciudad de México que obligaba a poner en primer lugar el apellido del padre en el acta de nacimiento.

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Sin embargo, aquellas parejas que decidieron romper los estereotipos y convertirse en los primeros en registrar a sus descendientes con el apellido de la madre en primer lugar tuvieron que enfrentar múltiples trabas y prejuicios, tal como fue el caso de Alejandra Spitalier y su esposo, Mauricio Moreno.

Desde un volado para decidir el orden de los apellidos de la bebé que venía en camino, hasta la negativa para registrarla en el hospital y el Registro Civil. Así fue la historia de esta pareja y su hija, C. Spitalier Moreno, la primera bebé registrada con el apellido de su madre en primer lugar sin la necesidad de un juicio y sin que la norma lo permitiera.

El “viacrucis” de Alejandra Spitalier

En 2016, la SCJN emitió una sentencia histórica a favor de María de los Ángeles Ahrens Gil y Alberto Eduardo Galván Monroy, pareja que presentó un juicio de amparo ante la Corte en contra del artículo 58 del Código Civil de la Ciudad de México, mismo que les impedía elegir el orden de los apellidos que llevarían sus hijas para que se colocara en primer lugar el de su madre.

A raíz de dicha resolución que declaró inconstitucional la norma, Alejandra Spitalier, secretaria General de la presidencia de la Suprema Corte, comenzó a considerar la posibilidad de que la hija que esperaba en ese momento pudiera ser registrada con su apellido primero y el de su esposo, Mauricio Moreno, en segundo lugar.

Desde ese momento, la pareja comenzó con las pláticas para que en el acta de nacimiento de su hija se registraran sus apellidos como Spitalier Moreno, cambiando así el orden tradicional.

Al no lograr un consenso en las “negociaciones”, la pareja decidió dejar a la suerte si su hija llevaría primero el apellido de su madre o de su padre, por lo que recurrieron a un volado para definirlo.

“Llamamos a un testigo de calidad, mi cuñado, y decidimos grabar un video que se transmitió en Facebook Live (…). La suerte benefició mi intención y ahora tengo a la primera bebé con el apellido materno registrado en primer lugar”, contó la abogada en entrevista con Joaquín López-Dóriga para Grupo Fórmula.

Sin embargo, esta no fue la única situación adversa que la pareja tuvo que enfrentar, pues luego de tomada la decisión, se toparon en primer lugar con la negativa del hospital en el que nació la menor para registrarla con el apellido de su madre primero, argumentando que la norma en el Código Civil de la capital no lo permitía.

“En el hospital me dijeron que no se podía porque la norma regulaba que primero se debía registrar con el apellido paterno. Desde los papeles administrativos era muy complicado convencer a la gente del hospital y salimos sin poder registrar a la bebé”, narró.

Ante tal situación, en el nosocomio le recomendaron a la pareja acudir directamente al registro civil para poder registrar a su hija con un orden distinto al establecido en sus apellidos; sin embargo, ahí también le dijeron que no era posible debido a la normatividad, por lo que los refirieron a las oficinas centrales del Registro Civil.

Fue ahí en donde lograron tener un encuentro directamente con el entonces director del Registro Civil, a quien le expusieron su caso y las razones que los llevaron a decidir invertir los apellidos de su hija, mismas que fueron respaldadas por el funcionario, quien accedió a facilitar a la pareja la realización del trámite.

“El director nos dijo que era el primer caso que llevaba sin juicio de amparo y que estaba de acuerdo en que tenía que ser un ejercicio de libertad de la pareja para igualar la cancha de las mujeres y los hombres dentro de la familia; y pidió que nos dejaran registrar a nuestra hija con el orden de los apellidos que nosotros quisiéramos”, relató.

Fue así como la pareja logró que su hija fuera registrada con los apellidos Spitalier Moreno.

¿Qué dice el Código Civil de la CDMX?

A pesar de que actualmente los progenitores tienen la opción de elegir el orden de los apellidos de su hija o hijo al momento de registrarlos, esto no siempre fue así; pues hasta 2017, el Código Civil de la Ciudad de México establecía que en primer lugar debía ponerse el apellido del padre en el acta de nacimiento de las y los menores registrados en la capital del país.

Luego de la resolución de la Suprema Corte, el artículo 58 del Código Civil fue reformado en octubre de 2017 para permitir que los progenitores decidan el orden de los apellidos con los que registran a sus descendientes, por lo que quedó de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 58.- El acta de nacimiento contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre o nombres propios y los apellidos de los progenitores en el orden de prelación que ellos convengan, el Juez del Registro Civil deberá especificar, de forma expresa, el orden que acuerden. El orden de los apellidos acordado se considerará para los demás hijos e hijas del mismo vínculo asimismo, en su caso, la razón de si el registrado se ha presentado vivo o muerto y la impresión digital del mismo. Si se desconoce el nombre de los padres, el Juez del Registro Civil le pondrá el nombre y apellidos, haciendo constar esta circunstancia en el acta. Cuando no haya acuerdo entre los progenitores, el juez dispondrá el orden de los apellidos”.

Aquellas parejas que decidan cambiar el orden de los apellidos de sus hijas o hijos deberán hacerlo así con todos sus descendientes. Información Radio Fórmula

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