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Inconstitucional, prohibición de vapeadores y cigarros electrónicos: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció a favor de la comercialización de estos productos.

La tarde de este martes 19 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la prohibición de los cigarros electrónicos y vapeadores es una acción desproporcionada e inconstitucional.

Por votación mayoritaria, de siete contra cuatro, los ministros se pronunciaron a favor de la comercialización de dichos productos, misma que se ha restringido en la Ley General para el Control del Tabaco.

“La prohibición tendrá que ser directa sobre las particularidades propias de estos productos, no por no ser similares al tabaco, por eso me parece inconstitucional en este caso”, mencionó la ministra, Ana Margarita Ríos Farjat.

De esta forma, cualquier empresa podrá ampararse contra la prohibición contenida en la legislación, ya que viola el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de comercio.

Sin embargo, los ministros aclararon que si la prohibición del uso de cigarros electrónicos y vapeadores es por temas de salud, entonces deberá regularse desde otras políticas.

“El Estado carece de legitimidad para prohibir a las personas adultas plenamente capaces que en condiciones de racionalidad adecuadas decidan el consumo relativo, y que ese consumo es parte de su plan de vida y asumen libremente el costo que para su salud o su vida puedan conllevar”, recalcó la Ministra Norma Lucía Peña.

Con lo anterior, se resolvió la contradicción de tesis 39/2021 en relación con la constitucionalidad del precepto de la Ley General para el Control de Tabaco que la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) ha empleado para prohibir el consumo de cigarros electrónicos.

Y es que de que acuerdo con la organización México y el Mundo Vapeando (Mexvap) suman casi mil amparos de consumidores que buscan tener acceso legal a los vapeadores, con el objetivo de dejar el cigarro; sin embargo, solo se han resuelto 16.

Con información de Infobae y El Financiero

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