El Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México sobreseyó el juicio de amparo que promovió el pasado 20 de diciembre de 2016, Fabián España Moya, en contra de la orden de aprehensión, reaprehensión, comparecencia, búsqueda, localización y presentación, detención, retención y oficio de investigación, luego de la agresión que sufrió la senadora del Partido del Trabajo, Ana Gabriela Guevara.
En su resolución, el impartidor de justicia explicó que la vinculación a proceso que se dictó en contra del expolicía municipal por los delitos de pandillerismo y lesiones dolosas, excluye la orden de aprehensión, motivo por el cual el amparo resulta improcedente.
“Si el promovente del amparo actualmente se encuentra sujeto a la jurisdicción del Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl, con motivo del vinculó a proceso que dictó en su contra, actuación para cuyo dictado se requiere justificar los requisitos previstos por el artículo 19 de la Constitución”, explicó el juzgado.
La resolución agregó que “mientras que para la orden de aprehensión como la que aquí se reclama, lo que se necesita comprobar son los previstos en el numeral 16, de la misma Constitución; cabe agregar que el auto de vinculación a proceso, excluye a la orden de aprehensión y, por lo mismo, los efectos de ésta desaparecen con el dictado de aquél, siendo improcedente el amparo contra la citada orden.
Con esta resolución, Fabián España ya no cuenta con ningún tipo de suspensión que impida su reclusión en el penal de Neza Bordo.
Fuente: noticiasmvs.com