La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó por unanimidad que obstaculizar el acceso al aborto por violación ataca directamente los derechos en cuanto a reproducción de las mujeres y concedió el amparo a una joven de 17 años que sufrió una violación y posteriormente un hospital en Cuernavaca rechazó someterla a un aborto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció a la joven a los padres de esta la calidad de víctima por lo que ahora serán indemnizados por el daño que sufrieron.
“Las autoridades sanitarias a quienes acudan mujeres que han sido víctimas de una violación sexual y están embarazadas, producto de dicho acto, deben atender de manera eficiente e inmediata la solicitud, a fin de no permitir que las consecuencias físicas, psicológicas, derivadas de la agresión sexual se sigan desplegando en el tiempo, lo que conlleva no sólo a prestar la atención y observación médica necesarias, sino a la materialización de tal interrupción legal del embarazo”, fue la postura de la corte.
La adolescente aseguró que su integridad personal se violentó gravemente por la situación de vulnerabilidad a la que la sometieron por negarle el servicio que ella solicitaba.
“Es precisamente de esta condición de vulnerabilidad de la cual surge un riesgo cierto de violación de su derecho a la integridad física, así como a la salud, mismos que son equiparables a tortura”, dijo la joven a la corte.
Según los documentos oficiales sobre el caso, el subdirector jurídico de Servicios de Salud de Morelos y el jefe del Servicio México de Ginecología y Obstetricia del Hospital General de Morelos, fueron los que negaron rotundamente los servicios que la menor y sus padres solicitaban.
Con información de Excélsior