Mérida, Yucatán a 22 de febrero de 2022.- Tras ejecutarse una orden de aprehensión a cargo de elementos de la Fiscalía General del Estado (FGE) y agentes de la Policía Estatal de Investigación (PEI) de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), L.J.Y.P. fue presentado ante un juez de control, donde los fiscales de litigación le formularon la imputación del delito de daño en propiedad ajena, denunciado después de los hechos ocurridos en el mes de abril del año 2020 en el fraccionamiento Villa Jardín de Caucel, en esta ciudad de Mérida, por lo que estará usando un localizador electrónico como medida cautelar.
En la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, esta representación social expuso los datos de prueba tras la imputación y solicitó se resolviera la situación legal del acusado, quien estuvo de acuerdo en definir su condición jurídica en la presente audiencia, por lo que el Juez Segundo de Control decretó el auto de vinculación a proceso por el delito imputado y otorgó un plazo de dos meses para el cierre de la investigación complementaria.
Cabe precisar que tras los hechos, se presentó la formal querella la cual derivó en la causa penal 339/2021, donde se establece que el incidente ocurrió el 29 de abril del citado año, cuando el imputado circulaba en su vehículo automotor sobre la avenida 110 del fraccionamiento mencionado y al hacerlo sin la diligencia y precaución necesarias, al llegar a la intersección con la calle 29A, cambio de dirección y dio vuelta entre las cabeceras de los camellones e invadió el arroyo que tenía la preferencia, provocando que fuera impactado por el denunciante, quien circulaba en su carril correcto, provocando daños en ambos vehículos, por lo que se presentó la formal denuncia.
Por último, antes de finalizar la audiencia, los fiscales de litigación expusieron argumentos para solicitar la imposición de medidas cautelares, por lo que el Juez de Control otorgó, además del localizador electrónico, que acuda a firmar periódicamente al Centro Estatal de Medidas Cautelares, no salir del Estado sin autorización judicial, además de no acercarse a la víctima y su domicilio por todo el tiempo que dure el proceso.