Con la reforma a Código Civil Federal se da un paso más para alcanzar la igualdad de género en términos jurídicos referentes al divorcio
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad derogar el artículo 158 del Código Civil Federal, que establecía que la mujer no puede contraer nuevo matrimonio hasta pasados 300 días después de la disolución del anterior.
El dictamen deroga el artículo 158 del Código Civil Federal que, a la letra, señalaba: “La mujer no puede contraer nuevo matrimonio sino hasta pasados 300 días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz un hijo. En los casos de nulidad o de divorcio, puede contarse este tiempo desde que se interrumpió la cohabitación”.
La diputada del PAN, Pilar Ortega, señaló sobre el dictamen que es una paradoja que tengamos disposiciones del pasado que generan restricciones a los derechos de las mujeres.
“Afortunadamente ya son la mayoría de las entidades federativas quienes han eliminado dicha disposición que establece una condición de igualdad en un aspecto tan importante como es el matrimonio”, dijo.
“Estamos convencidas que dicha iniciativa construye y busca atender las causas de la desigualdad entre hombres y mujeres”, agregó la legisladora.
En la misma línea, la diputada del Partido Verde, Lyndi Burgarin, señaló que el objetivo es corregir una disposición que se encuentra obsoleto, pues las mujeres solo podrían contener matrimonio en los primeros 300 días si se encuentran embarazadas de la nueva pareja.
Información pacozea.com