“Los padres o madres que no tenga la custodia de sus hijos, tendrán derecho a mantener el contacto con ellos mediante comunicación vía telefónica, Skype, Facetime, o WhatsApp y el progenitor custodio estará obligado a facilitarlo”, señaló el diputado Luis Borjas Romero al presentar una iniciativa que reformaría el artículo 321 del Código de Familia del Estado de Yucatán.
Al hacer uso de la tribuna, en la última sesión plenaria del Periodo Ordinario de Sesiones, Borjas Romero dijo que en aras de otorgar una justicia equitativa y moderna en cuanto a la convivencia de los hijos con padres separados, en casos excepcionales y salvo si ello es contrario al interés superior del niño, podrá decretarse el habilitar cualquier forma de los medios modernos de la tecnología para que se tenga contacto directo con ambos padres de modo regular.
Señaló que esto se propone desde la perspectiva actual de la pandemia por Covid19, pues a raíz de la preocupación por la salud de los menores, se ha cuestionado si las madres o padres deben permitir la convivencia de sus hijos con el progenitor que no vive con ellos y eso se puede tomar como una excusa más para evitar la convivencia.
El diputado señaló que la iniciativa presentada es resultado de la colaboración entre los diferentes Colegios de Profesionistas, organización de abogados y consultas de abogados postulantes, así como a las organizaciones civiles que velan por el interés superior del menor y la Asociación para las Protección de los Derechos Humanos y sus Garantías, A.C.
“Este cambio o modificación puede ser temporal o el tiempo que dure la necesidad. Ambos padres deben cumplir con todas sus obligaciones, no hacerlo se puede dar lugar a la imposición de multas económicas; arrestos o perder la guarda y custodia”, finalizó Luis Borjas.