David Salazar/Yucatán al Instante
MÉRIDA, Yuc., 13 de noviembre de 2019. Luego de que el Poder Judicial de Yucatán anunció en conferencia de prensa que presentará esta tarde ante diputados del Congreso de Yucatán una iniciativa del Código de la Familia que contempla el matrimonio igualitario, diputados opinaron lo siguiente.
Por su parte el diputado del PRD, Alejandro Cuevas Mena explicó que respecto al matrimonio igualitario su bancada seguirá pugnando para que se respeten los derechos humanos y no se discutan.
Respecto a la iniciativa que presentará el Poder Judicial para modificar el Código de la Familia, dijo que no es un llamado de atención para los legisladores, si no abona para que los diputados y diputadas entiendan que no son cuestiones morales y religiosas “yo profeso la religión católica pero entiendo que no estamos cambiando las leyes de Dios, a Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César”, enfatizó.
En ese sentido, añadió que es un tema de derechos humanos, no religioso. Por lo que esperará cuando presenten la iniciativa para saber cuándo se discutirá en el pleno del Congreso de Yucatán.
“Las dos veces que he votado respecto al matrimonio igualitario, ha sido a favor, y esta no será la excepción”, dijo.
Por su parte, la coordinadora del PAN, Rosa Adriana Díaz Lizama dijo desconocer los detalles y el contenido de dicha iniciativa.
“Con todo respeto no tengo conocimiento de esa iniciativa. Por supuesto aquí todos tenemos derecho de proponer iniciativas, se le dará el procedimiento que emana la ley como cualquier iniciativa que ingrese en este pleno, por lo que seremos respetuosos”, sostuvo.
La iniciativa que presentará el Poder Judicial de Yucatán, contempla 13 modificaciones del Código de la Familia la Armonización de las figuras de Matrimonio y Concubinato.
La iniciativa reforma y deroga artículos del Código de Familia relativos a 13 puntos: i) el derecho a retrotraer la obligación de deuda de alimentos desde la concepción; ii) el derecho a alimentos para las parejas de hecho estables; iii) la armonización de figuras de matrimonio y concubinato; iv) el reconocimiento del trabajo en el hogar como parte de la responsabilidad compartida y v) la obligación de un cónyuge a dar alimentos a otro aunque conociera algún impedimento.
Asimismo, vi) parámetros para fijar la compensación en el divorcio sin causales; vii) regulación de la reproducción asistida, viii) restitución de niños, niñas y adolescentes; ix) regulación de la custodia compartida; x) cambio de custodia; xi) adopción; xii) tutela graduable y proporcional de adultos con discapacidad y xiii) sucesiones.
Para dar una dimensión de los cambios propuestos, cabe explicar que en el primer punto se busca que la obligación de proporcionar alimentos se genera desde el momento de la concepción, lo que implica gastos médicos durante el embarazo, además de que el beneficiario puede solicitarla de manera retroactiva, la cual es imprescriptible, esto toma como base recientes criterios emitidos por la Corte, así como la ley general de derechos de niños, niñas y adolescentes y tratados internacionales.
Con respecto al derecho de alimentos de las parejas de hecho estable, se propone que al igual que en el matrimonio y en el concubinato, las parejas denominadas “de hecho estables” tengan las protecciones legales mínimas que prevé el derecho de familia, entre estas obligaciones alimentarias.
Esta modificación estaría incluyendo a este tipo de parejas, las cuales, según criterios de la Corte son aquellas que conviven de forma constante y estable, fundadas en la afectividad, la solidaridad y la ayuda mutua.
En cuanto a la armonización de las figuras de matrimonio y concubinato, la iniciativa del Poder Judicial propone establecer en el Código una nueva definición de matrimonio como la unión jurídica libre y voluntaria entre dos personas con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, definición que suprime las referencias al hombre y a la mujer y en su lugar considera a las parejas sin distinción de sexo. En el mismo sentido se plantea la modificación a la figura del concubinato.
Cabe apuntar que, de este modo, se ajustaría el Código a diversas resoluciones de la Corte, entre estas aquellas que establecen que las leyes estatales en materia familiar que definen el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer son inconstitucionales.
En cuanto al tema de restitución de menores la iniciativa busca ampliar la garantía para que niños, niñas y adolescentes no sean separados de sus padres o de quienes ejerzan la patria potestad y la custodia, para lo cual se obliga el auxilio de las instancias relativas como son la Fiscalía estatal y la Procuraduría para la Defensa del Menor y la Familia para su ubicación y traslado y efectiva restitución.
Con respecto a la reproducción asistida, se establece que los métodos y técnicas de reproducción asistida integran la planificación familiar, por lo cual forma parte del derecho a la reproducción responsable e informada consagrada en el artículo 4º de la Constitución, según se desprende de un criterio emitido por la Corte en 2018, por lo tanto se propone definir la reproducción asistida y sus métodos y equipararla con el parentesco por consanguinidad y adicionarla entre las formas de filiación.