El Congreso del Estado de Puebla planteó una reforma al Código Penal para permitir la castración química contra personas que abusen sexualmente de menores de edad.
Esta iniciativa fue presentada por José Juan Espinosa Torres, diputado del Partido del Trabajo (PT) con la intención de reducir la libido, actividad y deseo sexual de los presuntos abusadores.
Para ello, se buscaría reformar los artículos 37, 67, 68, 217 y 272 del Código Penal del estado poblano para castigar la violencia sexual contra niñas y niños.
El diputado propuso que el tratamiento sea administrado por la Secretaría de Salud de Puebla a aquellas personas que realicen actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos y sexuales, ya sea reales o simulados.
Además del tratamiento de inhibición sexual, al responsable de cometer dicho delito se le impondrán de siete a 12 años de prisión y una multa de 800 a 2 mil 500 días de salario mínimo.
Sin embargo, para el artículo 265, el legislador del PT señaló que si la persona responsable es pariente de la víctima, se le deberá sancionar con la castración química y una condena de cinco a 10 años, así como una multa de 8 mil 688 a 30 mil 408 pesos.
Mientras que para el artículo 272, la iniciativa de Espinosa Torres señala que, si el abuso sexual se comete a una persona privada de razón o de sentido y además es menor de 12 años, se le impondrá el tratamiento de inhibición sexual, de 10 a 40 años de prisión y una multa de 120 a mil 200 UMA.
¿Qué es la castración química?
La castración química es un procedimiento ambulatorio donde al hombre se le inyecta de forma intramuscular medicamentos antiandrógenicos, procedimiento que deberá repetirse cada tres meses.
Lo que hacen estos químicos es detener a nivel cerebral la liberación de hormonas y neurotransmisores relacionadas a la excitación sexual y producción de semen. Además impide que la persona sea fértil.
Con información de Sopitas y Vix