La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró, la tarde del 1 de octubre, como constitucional la consulta popular impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador sobre el enjuiciamiento contra expresidentes.
El dictamen se produjo tras recibir seis votos a favor y cinco en contra.
Ahora se discutirá si la forma en que se formuló la pregunta es correcta o si se sugerirán algunos cambios.
En la sesión virtual de la SCJN, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, se manifestó en contra del proyecto del ministro, Luis María Aguilar, sobre la inconstitucionalidad de la consulta ciudadana; “la Corte no debe frustrar la participación ciudadana”, afirmó.
Zaldívar señaló que el ejercicio de la consulta ciudadana tiene un “carácter pacificador” y adelantó que votaría en contra de la inconstitucionalidad de la consulta para enjuiciar a expresidentes.
Lo que la consulta popular busca conocer es si la ciudadanía está de acuerdo en que se enjuicie a los expresidentes, apuntó Zaldívar.
La SCJN atendió la solicitud de consulta popular que López Obrador envió al Senado, donde se plantearía la siguiente pregunta:
“¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”.
El pleno de la SCJN discutió el proyecto que elaboró el ministro, Luis María Aguilar Morales, donde propuso declarar inconstitucional la consulta para enjuiciar a cinco expresidentes de México.
En sus conclusiones, el ministro Aguilar Morales advirtió que la materia de esta solicitud de consulta es “un concierto de inconstitucionalidades que pudieran incidir negativamente en el acceso a la justicia, la persecución de los delitos y el estado de derecho mismo”.
Con información de Noticieros Televisa.