El Poder Judicial del Estado será el anfitrión del Primer Encuentro Nacional de Operadores de Justicia Penal Indígena y Derechos Humanos que se llevará a cabo los días 26 y 27 de abril en el recinto del Tribunal Superior de Justicia, ubicado en esta ciudad.
Este encuentro nacional es parte de una estrategia interinstitucional para generar espacios de reflexión, diálogo e intercambio de experiencias entre los operadores del sistema penal en relación a casos en los que se involucren integrantes de comunidades indígenas y para lo cual, el Código Nacional de Procedimientos penales (CNPP) en el artículo 420, prevé un procedimiento especial para pueblos y comunidades indígenas.
Este Primer Encuentro Nacional es coordinado por el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán con la colaboración de la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales del Consejo de la Judicatura Federal (CDHIGAI-CJF) y la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal (UCNSJP)
Los participantes de este evento discutirán y detectarán problemáticas, examinarán rutas de acción, reformularán esquemas de atención para armonizar criterios y proponer buenas prácticas entre los distintos operadores del sistema de justicia penal.
En este Primer Encuentro Nacional participarán titulares de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas; representantes de los órganos encargados de la consolidación del sistema; operadores locales y federales involucrados en la atención penal de personas indígenas; funcionarios del Poder Ejecutivo, integrantes de policías municipales y estatales; ministerios públicos, defensores, académicos, peritos, juzgadores, mediadores y asesores de víctimas, así como autoridades tradicionales que resuelven los conflictos de orden penal al interior de sus comunidades.
Algunos de los temas que se abordarán en este importante evento serán la acreditación de la condición de persona indígena en el proceso penal; la aceptación de las partes para que se apliquen los usos y costumbres; bienes jurídicos indígenas que puedan protegerse a través de usos y costumbres en materia penal; usos y costumbres que puedan aplicarse para resolver el conflicto penal y sus excepciones y el trámite para la declaratoria de la extinción de la acción penal por usos y costumbres y sus efectos.