Mediante un procedimiento de suspensión condicional a proceso, José Antonio C. G. deberá cumplir con una serie de condiciones para que se le suspenda el proceso que se le sigue por un delito contra la salud, en su modalidad de narcomenudeo, en su variante de posesión con fines de comercio en su connotación de venta del narcótico denominado cannabis.
Entre las condiciones que debe cumplir el indiciado, se encuentran las de residir en un lugar determinado, no acercarse al lugar de los hechos, continuar desempeñando su oficio de artesano durante el tiempo de la suspensión y la vigilancia por parte del Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares, lo anterior por un plazo de ocho meses, periodo que fenece el próximo 15 de febrero de 2018.
El indiciado fue vinculado a proceso el pasado 2 de mayo de 2017 por los hechos ocurridos el 22 de septiembre, hechos que fueron pasados y sujetos a la suspensión a condicional a proceso. José Antonio C. G. deberá cumplir con el acuerdo o en su defecto continuará el proceso instaurado en su contra conforme lo que marca la ley.