Uber está obligado a tramitar una concesión para operar en Quintana Roo, luego de la resolución dictada por el juez cuarto de Distrito con sede en Cancún respecto del amparo promovido por la propia empresa, confirmó el presidente de la Gran Comisión del Congreso del estado, Eduardo Martínez Arcila.
“La definición del amparo que promovió Uber le da la razón en algunos requisitos que estableció el congreso, pero también ratifica que para que ellos puedan operar requieren de una concesión, la cual desde luego es otorgada por el gobierno del estado a través del Instituto de Movilidad de Quintana Roo”, explicó el legislador.
Esto significa que hay un marco legal que marca las pautas que debe seguir Uber para poder operar legalmente en Quintana Roo, agregó el diputado.
Recordó que actualmente no está publicado aún el Reglamento de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, la cual regula todo lo relacional al transporte en la entidad, sin embargo el documento está próximo a ser publicado y hasta entonces Uber podrá iniciar el trámite de su título de concesión como empresa de transporte público según el resolutivo del juez.
En entrevista aparte, Jorge Pérez Pérez, director del Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo confirmó que están a la espera de ser notificados del resolutivo del juez cuarto sobre el carácter público con el que debe ser considerado el servicio que presta Uber.
“Aunque aún no hemos sido notificados, ya se conoce el sentido en el que viene el resolutivo porque éste fue publicado en estrados”, explicó
Confirmó además que aunque la empresa adelantó desde el pasado martes que regresa a operar a Cancún, la aplicación no está funcionando actualmente, además de que si lo hacen estarían incurriendo en una ilegalidad.
Postura de Uber
Sobre este respecto, la empresa a través de un comunicado expuso que actualmente existe una suspensión definitiva emitida por un juez federal en contra de algunas disposiciones de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, en la cual instruye al Instituto de Movilidad para que permita operar a Uber en cumplimiento a las disposiciones anteriores a la reforma de la Ley.
Refiere además que la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su fallo emitido para el caso del estado de Yucatán determinó que la empresas de redes de transporte (ERT) como Uber son un modelo distinto al transporte público tradicional, y por tanto deben operar con regulaciones distintas y acordes a las características de su modelo de negocio.
Añaden que la Comisión Federal de Competencia determinó que los servicios de ERT son un resultado de los avances tecnológicos y constituyen un nuevo producto en el mercado. Asimismo sugirió que debido al impacto positivo que tienen, la prestación de estos servicios debe reconocerse formalmente como una nueva categoría de movilidad o transporte que se brinda entre particulares.
“Reiteramos nuestro afán colaborativo con autoridades para construir una regulación incluyente y que responda directamente a las necesidades y la voz de la ciudadanía. Por último, invitamos a nuestros socios conductores a no responder a provocaciones en caso de presentarse alguna situación que pueda poner en riesgo su integridad física, la de los pasajeros o la de la propia ciudad. Ante cualquier incidente podremos atenderlos en el Centro de Activación y Soporte o a través de los canales oficiales de comunicación, y a través de la aplicación”. Información El Economista